CON UN NORTE TRAZADO

La construcción en crisis: se perdieron casi 2.000 empresas del sector

Informó el IERIC
Informó el IERIC
lunes 01 de julio de 2024

La parálisis de la obra pública que llevó adelante el gobierno de Javier Milei no generó casi un centenar de miles de desocupados en el sector de la Construcción, sino también el cierre de casi 2.000 empresas empleadoras directas en mayo respecto a igual mes del año pasado.

El número de empleadores en actividad en la industria de la construcción registró hubo una baja del 10,6 por ciento interanual, ubicándose en niveles similares los de hace 17 años, informó el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC) de la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO).

En tanto, medidos hasta abril, se perdieron más de 88 mil puestos de trabajo respecto al año anterior, contabilizándose 355.618 empleos registrados; el menor volumen de empleo desde septiembre de 2021, durante la salida de la pandemia, agrega un relevamiento de la consultora Politikon Chaco. El volumen de ocupación sectorial marcó en abril una caída del 1,1 por ciento contra marzo previo. Pero en grandes firmas constructoras la baja mensual fue de un 8,3 por ciento.

Esta situación empeorará con la figura del colaborador que establece el capítulo labora de la Ley Bases, aprobada el jueves, que impulsa el traslado de empleadores registrados como empresas a un esquema con menores obligaciones laborales, lo que profundizará el deterioro y precariedad del empleo hasta ahora registrado.

El texto del capítulo titulado Modernización Laboral incorpora la figura del “colaborador” que habilitará a los “trabajadores independientes” o pymes a contratar hasta tres empleados sin generar relación de dependencia y autoriza a reemplazar el actual régimen de indemnizaciones por un fondo de cese laboral mediante un acuerdo entre gremios y cámaras empresarias.

También se eliminan las infracciones, multas y sanciones a los empresarios que no hayan registrado a sus empleados, se les perdonará la deuda por capitales e intereses cuando se originen en la falta de aportes al sistema de seguridad social.

Este sistema se basará “en una relación autónoma, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos, ni con las personas contratantes de los servicios u obras e incluirá tanto para el trabajador independiente como para los trabajadores colaboradores, y hará un aporte de comprenda la cotización al Régimen Previsional, al Régimen Nacional de Obras Sociales y Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen de Riesgos del Trabajo, en las condiciones y requisitos que establezca la reglamentación”.